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Conozca cómo es la gestión fiscal de una sociedad en España
¿Cómo tributa en España el beneficio obtenido por una sociedad?
El resultado neto positivo obtenido por las sociedades tributa en el Impuesto sobre Sociedades. La base imponible de este impuesto es el resultado contable, sobre el que deben hacerse las correcciones establecidas por la norma fiscal (los denominados ajustes contables). Por tanto, la contabilidad no es solo una herramienta imprescindible para obtener una aproximación de la situación financiera y patrimonial de la empresa, sino que también es el principal elemento para determinar el resultado que finalmente determinará el coste tributario del rendimiento obtenido en el impuesto sobre sociedades.
La sociedad tributa en el Impuesto sobre Sociedades por todo el rendimiento neto mundial que obtenga la sociedad radicada en el Estado español, tanto el obtenido dentro como fuera del territorio del Estado, aunque deben tenerse en cuenta los tratados internacionales por doble imposición que hayan sido ratificados por España.
El resultado sometido a tributación (la denominada base imponible) es la diferencia entre ingresos y gastos. De dicha base pueden descontarse los resultados negativos obtenidos en ejercicios anteriores.
El tipo impositivo del impuesto aplicable con mayor frecuencia a las sociedades mercantiles es el tipo del 25 por ciento, aunque existe un tipo impositivo reducido del 15 por ciento para entidades de nueva creación. A partir del ejercicio 2023, el tipo impositivo para entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros será el 23 por ciento.
La gestión del Impuesto sobre Sociedades se realiza mediante una declaración anual. Sin embargo, en los meses de abril, octubre y diciembre del año en curso deben ingresarse tres pagos a cuenta del impuesto, que se calcula en función del resultado del ejercicio anterior o, si la sociedad opta por ello, en función del resultado del propio ejercicio.
¿Cómo afecta la imposición indirecta a las sociedades?
Las sociedades son sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y, salvo que exista alguna exención objetiva o subjetiva aplicable, deben presentar declaraciones por este impuesto, que pueden ser trimestrales o, eventualmente, mensuales, en este último caso mediante el sistema de Suministro Inmediato de Información a la Administración Tributaria Española (SII).
¿Existen otras obligaciones?
Además, la sociedad puede estar obligada a presentar otras declaraciones informativas, que varían en función de la actividad y operaciones que realice la sociedad en particular, tales como el resumen anual del IVA, la declaración anual de clientes y proveedores, las declaraciones recapitulativas de operaciones intracomunitarias, etc.
En su caso, la sociedad puede estar obligada a realizar la gestión de retenciones, en caso de que la normativa fiscal le atribuya la condición de retenedor respecto de determinadas rentas (arrendamiento de inmuebles, pago de retribuciones, etc.).
Además del Impuesto sobre Sociedades y el IVA, la sociedad debe tener en cuenta la existencia de tributos locales, tales como el Impuesto sobre Actividades Económicas, que sólo estará obligada a satisfacer en caso de que la cifra de negocios supere la cantidad de un millón de euros.
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